Definiciones:
1) Instituciones beneficiarias de financiamiento directo.
Personas jurídicas de derecho público, incluidas las municipalidades, y privadas sin fines de lucro, que dispongan de la infraestructura y personal necesario para el adecuado cumplimiento de actividades permanentes de mantención, apoyo y promoción de adultos mayores indigentes abandonados.
2) Adultos mayores indigentes abandonados.
Personas mayores de 60 años, que no cuentan con los medios socioeconómicos necesarios para su mantención y cuidado y/o no cuentan con una red social suficiente de apoyo, familiar o comunitaria y/o que requieren de cuidados especiales para la realización de las actividades de la vida diaria o para la satisfacción de sus necesidades.
3) Actividades de mantención, apoyo y promoción de adultos mayores.
Todas aquellas acciones orientadas a satisfacer las necesidades específicas de las personas mayores de 60 años, señaladas en el Nº 2 precedente.
Solo podrán participar las personas jurídicas, sin fines de lucro que cuenten con la infraestructura y personal necesario para el cumplimiento de estas actividades
Requisitos Generales, para acompañar la postulación:
- a. Fotocopia del Rol único tributario.
- b. Fotocopia de la iniciación de actividades otorgada por el Servicio de Impuestos Internos.
Requisitos especiales:
1. Acompañar fotocopia autorizada de la escritura de constitución de la Institución y de sus modificaciones si las hubiere.
2. Acompañar copia autorizada del Certificado de Vigencia de la personalidad jurídica, extendida con una antigüedad no superior a 45 días de su presentación.
3. Acreditar el desarrollo de actividades de mantención, apoyo y promoción de adultos mayores indigentes abandonados. En cada convocatoria se deberán especificar de acuerdo con la calidad de los servicios prestados, los requisitos especiales requeridos. El Formulario para acreditar esta experiencia, será provisto por el Servicio. (Ver Formularios).
4. Fotocopia de la Escritura en que conste el nombre del o los representantes legales de la persona jurídica.
Otras condiciones
- En el caso de los Municipios, sólo deberán acompañar el acto administrativo que acredite la personería del alcalde y lo señalado en el Nº 3 anterior.
Formulario para la acreditación del desarrollo de actividades de mantención, apoyo y promoción de adultos mayores indigentes abandonados para municipios:
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Formulario para la acreditación del desarrollo de actividades de mantención, apoyo y promoción de adultos mayores indigentes abandonados para otros prestadores:
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Plazo de recepción de antecedentes de postulación para optar
al fondo directo del Fondo Nacional del Adulto Mayor 2009
30 de noviembre de 2009
Lugar de recepción de Antecedentes
LOS ANTECEDENTES DEBEN SER PRESENTADOS EN SENAMA CENTRAL O EN LAS COORDINACIONES
REGIONALES DEL SERVICIO, EN SOBRE CERRADO DIRIGIDO A LA DIRECTORA NACIONAL.
DIRECCIONES:
SENAMA CENTRAL: Huérfanos 863. Piso 9. Santiago.
XV Región de Arica y Parinacota: 18 de Septiembre N 1923, Arica
I Región de Tarapacá: Av. Arturo Prat N 1099, Edificio Gobernación Regional, Iquique.
II Región de Antofagasta: Manuel Antonio Matta N 2044, Antofagasta.
III Región de Atacama: San Román N 1212, Copiapó.
IV Región de Coquimbo: Matta 261, La Serena.
V Región de Valparaíso: Avenida. Brasil 1265, piso 3, Valparaíso.
VI Región del Lib. Gral. Bernardo O`Higgins: Calle Campos 156-C, Rancagua.
VII Región del Maule: Cuatro Oriente 1320, Talca.
VIII Región del Bío Bío: Barros Arana N 645. Oficina 6, Concepción.
IX Región de la Araucanía: Manuel Rodríguez 825, oficina 208, Temuco.
X Región de Los Lagos: Aníbal Pinto 130, Puerto Montt.
XIV Región de Los Ríos: Yerbas Buenas 170, Valdivia.
XI Región de Aysén, del Gral. Carlos Ibáñez del Campo: Riquelme N 360, Coyhaique.
XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena: Pedro Montt 957, Punta Arenas.
Región Metropolitana: San Antonio 427, piso 8, Santiago.